ICT2

Todos los edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no, sean o no de nueva construcción, acogidos o que deban acogerse al régimen de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960). Edificios objeto de arrendamiento por plazo superior a 1 año, salvo los que alberguen una sola vivienda.

DISEÑO DE LA ICT 2

El Proyecto Técnico Original recae sobre un Ingeniero de Telecomunicaciones (RD 1/1998), quien se responsabiliza de:

  • Gestionar la consulta con los operadores de telecomunicaciones.
  • Redactar el Proyecto Técnico, que incluirá, al menos:

Memoria descriptiva de los servicios que se incluyen:

  • Planos de la instalación
  • Pliego de condiciones para los materiales utilizados
  • Es el responsable de que se cump la la Ley y el Reglamento ICT.

Instalación

Calidad del producto

Garantía

Edificios Locales Casas Oficinas
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