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Portero Videoportero

CONTRATO DE MANTENIMIENTO PORTERO AUTOMÁTICO

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS:
  • Este abono comprende todos los servicios de reparación así como sus materiales.
  • Todas las averías del sistema, como son, placa, alimentador, amplificador, teléfonos, cerradura eléctrica y cableado de la instalación.
  • En este mantenimiento ESTÁ INCLUIDO la mano de obra y desplazamiento de nuestro servicio técnico.
  • En este mantenimiento no están incluidas las reparaciones o cambios del muelle hidráulico, cerradura mecánica, pasadores, etc. (herrajes de puerta).
  • Los materiales del sistema que estén rotos por el mal uso del copropietario o vandalismo no están incluidos en el mantenimiento, teléfonos rotos, ventanillas de placas y pulsadores rotos o quemados intencionadamente, cobrando material y mano de obra.
  • El importe del referido mantenimiento se abonará mediante un recibo en la cuenta corriente de la comunidad anualmente, de mutuo acuerdo por ambas partes.
 

Instalación

Calidad del producto

Garantía

CONTRATO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE VÍDEO PORTERO

INSTALADORA NERVION, acepta encargarse, en beneficio de la Comunidad, de la conservación y mantenimiento del VÍDEO PORTERO existente en ese inmueble.
Este abono comprende todos los servicios de reparación así como sus materiales de:
  1. Todas las averías del sistema electrónico, como son, placa, alimentador, amplificador, monitores, telecámara, cerradura eléctrica y cables de instalación.
  2. En este mantenimiento ESTÁ INCLUIDO la mano de obra y desplazamiento de nuestro servicio técnico.
  3. En este mantenimiento no están incluidas las reparaciones ó cambios de muelle hidráulico, cerradura mecánica, pasadores, etc. (herrajes de puerta).
  4. Los materiales del sistema electrónico que estén rotos por el mal uso del copropietarios, no entran en el mantenimiento, así como pulsadores y ventanas de la placa que estén quemados intencionadamente, cobrando material y mano de obra.
  5. El importe del referido mantenimiento se abonará mediante un recibo a la libreta ó cuenta corriente de la Comunidad, anualmente, de mutuo acuerdo por ambas partes.
  6. En caso de rescindir el contrato antes de los años pactados, la comunidad deberá abonar a la empresa instaladora las cuotas pendientes hasta la finalización de los 9 años contratados.
NOTA: El apartado F no se aplicara en el presente contrato.

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